¿Qué documentación se debe aportar? Acreditación de la identidad - HUN
¿Qué documentación se debe aportar? Acreditación de la identidad
Para la realización de las gestiones que se tramitan a través de la Unidad de Atención al Ciudadano (UAC), excepto para la presentación de sugerencias y agradecimientos, es requisito legal la acreditación de la identidad de la persona que realiza la gestión o de su representante.
Se considera documento de identidad acreditativo: D.N.I., pasaporte, carné de conducir y tarjeta de residencia en el caso de personas extranjeras (NIE).
En nombre propio
Documento de identidad acreditativo
En representación de una persona de 16 años o mas
Documento de identidad acreditativo de la persona solicitante y del paciente, autorización por escrito y firmada por el paciente.
En representación de una persona de 15 años o menos
- Padre/Madre: documento de identidad acreditativo de la persona solicitante, libro de familia o certificado del registro civil (partida de nacimiento) o carné de familia numerosa.
- Persona o entidad que ostenta la tutela del menor: documento de identidad acreditativo de la persona solicitante, y original o fotocopia de la resolución judicial o testamento donde se establezca la representación.
En representación de una persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica
La entrada en vigor de la Ley 8/2021, supone un cambio en las figuras jurídicas y de su acreditación, en función de la necesidad de apoyos de la persona.
Documento de identidad acreditativo de la persona que representa a la persona con discapacidad (tutor/a legal, curatela o guarda de hecho) y original o fotocopia de Resolución Judicial, Acta notarial u otro documento acreditativo del Departamento de Derechos Sociales.
En representación de una persona fallecida
- Cónyuge, hijos, nietos, padre, madre y hermanos: documento de identidad acreditativo de la persona solicitante, certificado de defunción del paciente y libro de familia o documentos que acrediten la línea de parentesco.
- Relación de hecho: documento de identidad acreditativo de la persona solicitante, certificado de defunción del paciente, certificado del Registro Único de Parejas Estables de Navarra o documento notarial que acredite la relación.
- Otro parentesco: documento de identidad acreditativo de la persona solicitante, certificado de defunción del paciente y demostración de convivencia. Por ejemplo: certificado de empadronamiento.